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    ¿Qué es la ley FATCA?

    SISICNFATCA (Foreign Account Tax Compliance Act) es una legislación aprobada por el Congreso de EEUU en el 2010, con el fin de promover la transparencia fiscal y reforzar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de ciudadanos o residentes estadounidenses. FATCA afecta a las instituciones estadounidenses financieros (agentes de retención de los Estados Unidos), en el extranjero (fuera de EE.UU.) Instituciones Financieras Extranjera (FFI- Foreign Financial Institutions) y algunas entidades extranjeras no financieras (NFFEs). Estas empresas deben documentar las cuentas financieras mantenidas por personas de Estados Unidos, así como los pagos realizados a personas no estadounidenses que se originan a partir de fuentes estadounidenses. Con esta ley se requiere que las instituciones financieras de todo el mundo identifiquen a los clientes con nacionalidad o residencia fiscal en EEUU que tengan – entre otros – cuentas financieras en el extranjero y reporten anualmente sus posiciones y movimientos al IRS (Internal Revenue Service o al departamento de hacienda local (dependiendo del acuerdo Intergubernamental que cada país firme con el IRS de cada país).

    A partir del 1ro de julio de 2014, se dio inicio a la aplicación de políticas y procedimientos para evaluar a los clientes nuevos y proceder a su debida clasificación según FATCA. Para clientes persona natural esta clasificación puede ser de US person o No US person. Para clientes persona jurídica es: US person, NFFE (Non Foreign Financial Entity) con dueños sustanciales que son ciudadanos americanos, NFEE sin dueños sustanciales que son US person. Para las entidades financieras, de acuerdo a FATCA, la clasificación es de FFI participante, FFI no participante.

    ¿Qué es una US Person (Persona de EEUU)?

    Una US persona es un cliente que cumple con al menos algunas de las siguientes características:

    • Mantiene doble nacionalidad (americana u otra nacionalidad).
    • Ciudadanos americanos aun cuando no residan en EE.UU.
    • Personas natural con pasaporte americano.
    • Personas nacidas en EE.UU., salvo que puedan demostrar que han renunciado a la nacionalidad americana.
    • Residentes permanentes en EE.UU. (i.e. posee una “green card”), o Personas que cumplan con la prueba de presencia sustancial. Un extranjero que haya permanecido al menos 183 días teniendo en cuenta – todos los días (al menos 31) en el año en curso, 1/3 de días en el año inmediatamente anterior y 1/6 de días en el segundo año inmediatamente anterior.
    • Empresas o personas jurídicas incorporadas en EEUU

    Common Reporting Standars
    ¿Qué es CRS?

    El Estándar Común de Reportes (CRS) es el estándar global de reporte para el Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras (AEOI, por sus siglas en inglés) elaborado por la OCDE*. El CRS, publicado en julio de 2014, contiene una serie de normas para que las instituciones financieras identifiquen a las personas sujetas a reporte e informen a las autoridades respectivas en sus jurisdicciones. Posteriormente, la información adecuada se intercambiará automáticamente entre las jurisdicciones participantes anualmente.

    El estándar establece:

    • La información que se intercambiará sobre las cuentas financieras.
    • Las instituciones financieras que tienen obligación de reportar la información.
    • Los diferentes tipos de cuentas y contribuyentes afectados.
    • Procedimientos comunes de la debida diligencia

    ¿A quiénes afecta el CRS?

    El CRS afecta a personas y entidades (incluidos los fideicomisos) que mantienen cuentas sujetas a reporte en instituciones financieras situadas en las jurisdicciones participantes.

    Ciertos tipos de entidades que están situadas en jurisdicciones no participantes con personas controladoras sujetas a reporte pueden tener la obligación de reportar cierta información a las instituciones financieras localizadas en las jurisdicciones participantes al tener operaciones comerciales con estas instituciones.

    Te invitamos a descargar la Guía de definiciones para clientes con el objetivo de conocer algunas definiciones, términos y conceptos necesarios que te facilitarán el llenado de algunos formularios.

    Para cualquier consulta o comentario, contáctenos a través del número 08001 CURBNK (287265) o a través del correo electrónico atencionalcliente@bcbbank.com. Adicionalmente puede obtener más información sobre FATCA dentro del portal web del IRS (www.irs.gov/FATCA)